Tropezón para los aspirantes con diabetes que anhelan una plaza dentro de los cuerpos de Seguridad del Estado. El Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, ha emitido una carta donde respalda el actual cuadro de exclusiones médicas y asegura que “para la Administración la exigencia de unas causas de exclusión no puede interpretarse como discriminatoria”.
La decisión se toma después de haber celebrado dos reuniones, los días 16 de marzo y 6 de junio de 2018, donde han participado representantes de los Ministerios de Interior (Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, Dirección General de la Policía, Dirección General de la Guardia Civil), Defensa (FFAA), Hacienda (Agencia Estatal de Administración Tributaria), y Sanidad, Consumo y Bienestar Social (DG Salud Pública, Calidad e Innovación).
En los encuentros se han llegado a algunos puntos en común. Por ejemplo, que “las limitaciones por razones psicofísicas no son exclusivas de las normas que regulan el acceso al empleo público, sino que están recogidas en normas de carácter general; por ejemplo, los Reglamentos de Armas y General de Conductores, el pilotaje de helicópteros o la práctica del buceo”.
En concreto sobre la diabetes, precisan que “es una enfermedad crónica que se contempla como causa de exclusión en los procesos selectivos para ingreso en determinados cuerpos de funcionarios (y algunas categorías de laborales) debido a la especificidad y exigencia de las funciones que realizan”.
En la misma línea, agregan que que “estas funciones no pueden equipararse a las de otros ámbitos laborales o de la función pública en los que no existen exigencias de horarios, dedicación o ambientes en los que se puedan desarrollar”.
Entre los que nombran, por ejemplo: imprevisión, empleo de la fuerza, uso de armas, manejo de maquinaria peligrosa, vehículos pesados o de emergencias, embarcaciones, realización de rescates, tareas de vigilancia, seguridad, retención, persecución y custodia de personas, misiones en el extranjero, realización de servicios que impiden o dificultan el seguimiento de un horario regular de comidas (dietas inadecuadas, ayuno…).
Posibles riesgos
El Defensor del Pueblo, y las otras instituciones públicas, estiman que “la vivencia de estas situaciones de estrés puede llegar a suponer un factor desencadenante de una hipoglucemia, y en consecuencia: Limitar o impedir la realización plena de las funciones propias de estos cuerpos o escalas (a este respecto, las limitaciones a la tasa de reposición no permiten que un porcentaje de la plantilla se encuentre desempeñando puestos de carácter administrativo o burocrático, por no poder realizar el resto de funciones”.
También consideran que podrá “empeorar la enfermedad de base que padece el empleado público”, y “producir riesgos no solo para la vida del empleado público sino para el resto de los ciudadanos implicados o involucrados en una situación de peligro”;
En la misma línea, declaran que “el acceso al empleo público tiene carácter universal. Los procesos selectivos buscan la potencialidad para desempeñar todas y cada una de las funciones asignadas a un cuerpo o escala, no para un puesto de trabajo en concreto. Los candidatos deben ser capaces de realizar cualquier cometido que se les encomiende y en cualquier momento, incluso sin estar de servicio”.
En línea con la UE
“En el ámbito del Derecho Comparado, la Unión Europea está trabajando en la unificación de criterios médicos en un cuadro de exclusiones único para toda la UE, en el seno de la Agencia EMPEN (European Medical and Psychological Experts ́ Network for Law Enforcement). De hecho, a excepción de la República Checa, en el resto de los países europeos se contempla la diabetes como causa de exclusión para el acceso a los diferentes Cuerpos Policiales Europeos”, sentencian en la carta.